Sala Xalapa revoca sentencia Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 15 de septiembre de 2021 (mc).- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las resoluciones del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) en las que anuló las elecciones a alcaldes de los municipios de San Cristóbal de las Casas y Pantepec por lo que ordenó restituir las constancias de mayoría a los candidatos ganadores el primero por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el segundo por la Coalición “Va por Chiapas” —integrada por los partidos políticos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD).

En lo que concierne a la elección del municipio de San Cristóbal de las Casas, el Pleno de la Sala determinó que, contrario a lo señalado por el TEECH, las irregularidades relacionadas con ocho casillas, mismas que no fueron contabilizadas no constituyen violación a la cadena de custodia de la totalidad de paquetes electorales entregados al Consejo Municipal, además de que tales hechos no pueden tomarse como graves ni suficientes como para afectar la votación recibida en las casillas restantes y, por ende, para anular la elección.

Ello, ya que las ocho casillas en mención corresponden al 3.4% del total instaladas, mientras que las 227 restantes, cuya votación sí fue computada, representan el 96.6% del total de las casillas del municipio. Por tanto, lo acontecido en un porcentaje inferior de casillas no puede viciar la decisión tomada por la mayoría de la ciudadanía votante.

Asimismo, tampoco fue correcto que el TEECH declarara una afectación al principio de certeza por el hecho de que se abriera la bodega donde se encontraban resguardados los paquetes electorales, ya que ello tuvo una causa justificada, esto es, debido a la recuperación de cuatro paquetes y las medidas de seguridad tomadas. Máxime si se toma en consideración que durante dicho acto estuvieron presentes los representantes partidistas.

Aunado a lo anterior, el Pleno de la Sala también consideró como erróneo que el TEECH analizara una causal de nulidad no invocada por los actores, respecto a la violación al principio de equidad en la contienda relacionada con la colocación de diversos espectaculares atribuidos al candidato postulado por el PVEM, puesto que sobrepasó los límites de la suplencia de la queja, lo que se tradujo en una afectación al principio de congruencia. De ahí que lo correcto fuera revocar la sentencia reclamada.

Por otra parte, en cuanto a la elección del municipio de Pantepec, el Pleno de la Sala determinó revocar la sentencia impugnada toda vez que el TEECH realizó un pronunciamiento de un aspecto que no fue planteado por el accionante ante ese Tribunal local, por lo que no debió emitir determinación alguna respecto a la violación a la cadena de custodia de los paquetes electorales de las casillas 985 B y 985 C2, mismos que sí llegaron al Consejo Municipal y fueron computados por el mencionado órgano electoral.

Además, la magistrada y magistrados que integran el Pleno de la Sala señalaron que el TEECH hizo un indebido análisis del agravio relativo al robo o desaparición de los paquetes electorales de las casillas 985 C1 y 985 C3, pues si bien tal hecho constituye una irregularidad grave, la misma no puede traducirse en una violación al principio de certeza ni puede considerarse determinante para el resultado de la elección, porque en los comicios celebrados se registró un alto porcentaje de participación ciudadana y, por ende, se debe privilegiar la votación que fue válidamente emitida, pese a que la diferencia de votos entre el primer y segundo lugar sea mínima.

En otro asunto, la Sala Regional Xalapa confirmó, por distintas razones, la determinación del TEECH de declarar la nulidad de la elección de integrantes del Ayuntamiento del municipio de Frontera Comalapa, Chiapas.

Ello al advertir que dadas las circunstancias de violencia que provocaron el robo y destrucción de algunos paquetes electorales, se hace imposible llevar a cabo un ejercicio de reconstrucción de los resultados del cómputo realizado por el Consejo Municipal e, incluso, al considerar que, en el mejor de los escenarios, dicha reconstrucción sólo otorgaría certeza, a lo mucho, respecto del 34.44% de las casillas instaladas, lo cual resultaría insuficiente para que se surtan los principios constitucionales que le dan validez a una elección.

Asimismo, se confirmaron las elecciones de 10 municipios, así como la entrega de la constancia de mayoría y validez, como se señala continuación:

En los municipios de Berriozábal, Catazajá, Cintalapa y Tapachula, se confirmó la entrega de las constancias respectivas a favor de las planillas postuladas por MORENA.

En tanto que, en los municipios de Simojovel de Allende y Villa Comaltitlán, se confirmó el otorgamiento de las constancias a las candidaturas ganadoras registradas por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

En el municipio de Ostuacán se confirmó la entrega de la constancia de mayoría y validez expedida a favor de la planilla postulada por la Coalición “Va por Chiapas” —integrada por el PAN-PRI-PRD—.

Además, en los municipios de Ángel Albino Corzo, Cacahoatán y Mitontic se confirmaron las elecciones y el otorgamiento de constancias a las candidaturas propuestas por los partidos políticos Chiapas Unido, del Trabajo (PT) y Fuerza por México, respectivamente.

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